Universo de Trabajo

El CONAECQ lleva a cabo sus funciones en el ámbito nacional. Los procesos de acreditación y reacreditación se rigen por los documentos “Procedimiento para la Acreditación de Programas del Área de Química en Instituciones Educativas de Nivel Superior” e “Instructivo para la Acreditación de Programas del Área de Química en Instituciones Educativas de Nivel Superior”, mientras que los procesos de certificación y recertificación se rigen por los documentos “Procedimiento para la Certificación de Profesionales de las Áreas de Ingeniería Química y de Química” e “Instructivo para la Certificación de Profesionales de las Áreas de Ingeniería Química y de Química”.
 
Con la finalidad de garantizar transparencia, justicia y equidad en las evaluaciones, el programa académico o el profesional que solicita la acreditación o la certificación, es informado de los miembros que participan en el proceso y puede impugnarlos, cuando exista causa fundada para suponer su falta de objetividad e imparcialidad, siguiendo el “Procedimiento para la Impugnación de los Miembros de los Cuerpos Colegiados del Consejo”.
 
Con el mismo fin, se ha establecido “El Código de Ética del CONAECQ”, que es de estricta observancia para todos los miembros del Consejo, y el cual se obligan a cumplir los participantes en los programas acreditados y los profesionales certificados.
 
Podrán ser acreditados los programas de licenciatura en Química en todas sus ramas, los de especialización de las áreas de la Ingeniería Química, de la Química y áreas afines, los de educación continua y los cursos relacionados con las profesiones antes señaladas, que se impartan en instituciones de educación superior, colegios profesionales, u organismos que cumplan con las formalidades legales que estén vigentes en el país.
 
El proceso de acreditación deberá ser solicitado por el representante legal de la Institución Educativa o del Colegio Profesional u organismo que impartan los cursos, ante el Comité Directivo del CONAECQ. 
 
Podrán ser certificados o recertificados previa solicitud del interesado, los profesionales que estén ejerciendo sus actividades en algún área de la Ingeniería Química, de la Química o de ramas afines o equivalentes.